He aquí puntos importantes a considerar en toda organización mexicana sobre la Ley Federal del Trabajo en materia de Productividad:
En la reforma laboral del 2012, quedó constituida la obligación para todas las empresas con más de 50 empleados de tener establecido su programa de productividad.
La fecha límite para contar con los programas fue Septiembre del 2013.
En la Ley Federal del Trabajo se indica que puede haber multas a empresas que no puedan acreditar que cuentan con el programa, estas pueden ser de 250 Salarios Mínimos a 5000 Salarios Mínimos. Existe también un criterio sobre multas por empleados.
Los criterios y requisitos fueron publicados en el Diario Oficial en Junio 14 del 2013.
Acorde al Artículo 153-I de la Ley Federal del Trabajo: “Se entiende por productividad, para efectos de esta Ley, el resultado de optimizar los factores humanos, materiales, financieros, tecnológicos y organizacionales que concurren en la empresa, en la rama o en el sector para la elaboración de bienes o la prestación de servicios, con el fin de promover a nivel sectorial, estatal, regional, nacional e internacional, y acorde con el mercado al que tiene acceso, su competitividad y sustentabilidad, mejorar su capacidad, su tecnología y su organización, e incrementar los ingresos, el bienestar de los trabajadores y distribuir equitativamente sus beneficios.
Al establecimiento de los acuerdos y sistemas para medir e incrementar la productividad, concurrirán los patrones, trabajadores, sindicatos, gobiernos y academia.”.
Cumple con el Fundamento legal establecido en el Capítulo III BIS de la Productividad, Formación y Capacitación de los Trabajadores, Artículo 153-J de la ley Federal del Trabajo: “…Para elevar la productividad de las empresas, incluidas las micro y pequeñas empresas, se elaborarán programas que tendrán por objeto: IX. Implementar sistemas que permitan determinar en forma y monto apropiados los incentivos, bonos o comisiones derivados de la contribución de los trabajadores a la elevación de la productividad que se acuerde con los sindicatos y los trabajadores…”.
Lo anterior sigue vigente en la ley, no espere a que la autoridad competente lo visite para reaccionar, prepárese para su cumplimiento y mejorar su entorno productivo a la vez.
Más información en: Productividad Laboral en STPS (México) y en Ley Federal del Trabajo (México)